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Lima, 27 de marzo de 2007 |
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Entrevista a Henry Bullard (HB) en Ampliación de Noticias con Raúl Vargas (RV), Augusto Álvarez Rodrich (AAR) y Patricia Del Río (PDR) en RPP Noticias del 27.03.07 RV: ......Lo que ha empezado a ocurrir es que en realidad resurgen todos los temores y se dicen todas las cosas que se dicen, lamentables por ambos lados porque van dando una cierta idea que la opinión pública no recibe con agrado, justo a los 90 años de la Universidad Católica. HB: La demanda que ha interpuesto la Universidad Católica está referida a la defensa de la propiedad porque la universidad se siente amenazada; sin embargo, la posición del señor Walter Muñoz, que es el designado por el Arzobispo de Lima en la Junta de Administración se refiere exclusivamente a la administración de los bienes que fueron del doctor Riva Agüero y heredados por la Universidad Católica. En el tema de la propiedad, señor Vargas, no hay ninguna discusión, la Universidad Católica es propietaria de los bienes que heredó del doctor Riva Agüero, lo que se discute aquí es quien administra esos bienes porque en el testamento del doctor Riva Agüero está dispuesta una junta de administración que tiene dos condiciones, expresamente señaladas: la primera, es que es una junta de administración perpetua, y la segunda que es insustituible. Entonces, esta cláusula testamentaria comienza diciendo dos cosas, para el sostenimiento de la Universidad Católica y para el cumplimiento de las mandas y demás encargos testamentarios, instituyo una junta de administración perpetua e insustituible. Podemos preguntarnos, ¿Para qué se instituye esta Junta de Administración?, y en la cláusula está la respuesta (lee cláusula). PDR: Fuera de los aspectos de interpretación del testamento que tendrán que verse en el ámbito legal, el temor de la interferencia de la universidad parece claro porque quien administra los bienes de la universidad es quien tiene potestad sobre el manejo económico, sobre cómo se manejan los fondos de una institución educativa. Le pongo un ejemplo concreto, nosotros hemos escuchado por ejemplo, al Cardenal Cipriani hablar muchas veces en declaraciones controversiales sobre el trabajo de la Comisión de la Verdad. Cuando termina el trabajo de la Comisión de la Verdad que no es un trabajo de la universidad, sino es un trabajo que se encarga a personas vinculadas a la universidad, se crea -porque se ve la necesidad de impulsar esos temas- un Instituto de Derechos Humanos en la Católica, ¿Qué le garantizaría a la universidad que dada la posición del Cardenal impidan la creación de este instituto y que se use dinero para esos fines porque no están de acuerdo con ese tipo de trabajo? HB: Lo primero que quisiera aclarar es que la Junta de Administración que se instituyó en el testamento del señor Riva Agüero, se refiere exclusivamente a los bienes heredados del doctor Riva Agüero, no es una junta de administración de la universidad. La universidad para disponer la creación de un instituto o para nombrar profesores o para que sé yo, cualquier actividad académica o administrativa propia de la universidad no interviene la junta de administración de Riva Agüero, sino sólo, los órganos propios de administración de la universidad. PDR: Que pasa si, como ocurre actualmente, buena parte del presupuesto de la universidad ya se maneja con las rentas recibidas por las propiedades heredadas del señor Riva Agüero, la junta puede decir, no, como esta plata es de los bienes del señor Riva Agüero nosotros no queremos que inviertan en esto. HB: Quiero aclarar además que la Junta de Administración dispuesta por Riva Agüero está conformada solamente por dos personas, la primera es nada menos que el Rector de la propia Universidad Católica que además la preside, es decir, estamos frente a una organización muy cercana a la universidad, porque además el otro miembro de la junta de administración lo designa el Arzobispo de Lima, que a su vez, es el Gran Canciller de la universidad. Mire usted, la idea de Riva Agüero es una idea muy clara desde su origen, constituir un órgano de administración externo a la universidad pero muy vinculado a ella al mismo tiempo, es decir, que fuera un filtro para la transparencia en el manejo de la administración de sus bienes, es un derecho que él tenía y que lo ejerció a plenitud y que es lo que nosotros pretendemos que se respete. RV: Pero denos algunos ejemplos de cómo funcionaría esta junta, ¿Cuáles son los temas de los que se ocupará?, porque este asunto de las mandas, no logro entender, parece una palabra hindú, ¿Qué cosa es lo que piensan hacer?, ¿Por qué esta insistencia?, esta insistencia en decir, yo quiero que se cumpla el testamento de Riva Agüero, evidentemente, es un argumento nada más, detrás de ese argumento hay muchos otros argumentos y otras pretensiones, no nos vamos a engañar. Entonces, ¿Qué cosa es lo que exactamente se quiere hacer?, denos ejemplos. HB: Como no, encantado. En primer lugar, quiero decir que lo único que nos mueve a nosotros es el respeto a la voluntad de Riva Agüero, que es un gran benefactor de la universidad. Detrás, se puede especular todo lo que se quiera, pero en este momento estamos en una discusión que es puramente jurídica y nada más, respeto a esa junta que es perpetua e insustituible para garantizar la transparencia en la administración de los bienes de Riva Agüero. En cuanto a la pregunta que usted me formula, yo le puedo decir por ejemplo que durante los 30 años posteriores a que la universidad pidió la propiedad, 30 años posteriores, esta junta tomó muchísimos acuerdos, por ejemplo realizó 8 ventas de inmuebles, 4 sesiones en uso gratuito que se dio a terceros, 3 donaciones, numerosas permutas, urbanizó Pando, independizó la ciudad universitaria del fundo Pando, siguió innumerables procesos judiciales, otorgó todas las declaraciones juradas de los inmuebles de propiedad que fueron de Riva Agüero, innumerables contratos de arrendamiento sobre los bienes de Riva Agüero, transacciones incluyendo con el Estado y disponiendo de bienes a favor del Estado en estas transacciones, innumerables procesos judiciales de desalojo. Es decir, la junta ha tenido en los últimos 50 años de vida una labor prolífica, han pasado por ella todos los rectores de la universidad y los abogados más connotados de Lima. RV: Y esa labor jamás interfirió en el destino académico y la universalidad de la universidad. HB: Absolutamente, jamás, yo he tenido el cuidado, señor Vargas, de leer todas las actas de la Junta de Administración desde el año 1944 hasta el año 2000, en ninguna de ellas se interviene, no solamente en la parte académica, sino que tampoco se interviene en otros aspectos que no sean exclusivamente sobre los bienes que fueron del señor Riva Agüero. RV: Y ¿Todas esas decisiones administrativas pueden considerarse beneficiosas para la universidad?, de hecho la junta las aceptó, en consecuencia estaba diciendo, ha sido correcta la administración de los bienes de Riva Agüero en función de la universidad y su futuro. HB: Exactamente. RV: O encuentra usted en esta vasta lectura que en algunos momentos se ha desaprovechado o mal manejado los bienes testamentarios del señor Riva Agüero. HB: no…si usted tuviera la oportunidad de leer las actas, la junta ha demostrado una independencia completa de la universidad en beneficio de la propia universidad; la universidad se ha presentado innumerables veces con pedidos a la junta de administración para realizar algunos actos, en algunos casos la junta de administración se ha negado y la universidad ha aceptado esa negativa, en otros, que son la mayoría -la verdad-, ha aceptado el pedido de la universidad, nunca ha habido un inconveniente, nunca en cuanto a la administración de los bienes de Riva Agüero. Han pasado 30 años después de la muerte de Riva Agüero que sucede en el año 1944, hasta el año 1994 donde desafortunadamente en un acto que viola el concepto de la administración otorgada por Riva Agüero, la Junta de Administración decide deshacerse de la administración, pero es una violación a la cláusula testamentaria. AAR: En esa línea, doctor Bullard, usted dice que antes no había problemas, cuando uno piensa que ha habido antes y que hay ahora; antes estuvieron Vargas Alzamora y el Cardenal Landázuri. El estilo del Cardenal Cipriani parece que es otro y digamos, con una voluntad de participar más activamente en la vida política y en la Universidad Católica y ese es el temor que se plantea acá, porque hay una discusión jurídica que es tan compleja que la van a saber los abogados de ambas partes que leerán el caso -si es derecho canónico o es derecho- .. es decir, es un enredo total que ustedes lo sabrán dilucidar. Lo que le preocupa a todos y verán que en todas las preguntas se plantea es, ¿si es que gana el Arzobispado de Lima, va a poder ahora si mandar sobre temas como cursos, profesores, syllabus, investigaciones, enfoques académicos de la universidad?, ¿es eso lo que les va a permitir si es que gana el Arzobispado de Lima? HB: No, de ninguna manera. En primer lugar quiero aclarar que la junta de administración no está conformada por el Arzobispo de Lima, quien sea, nunca lo ha estado, él tiene una sola facultad. AAR: Y es quien dirime si no se ponen de acuerdo.... HB: El tiene una sola facultad, la de dirimir en la Junta si sus dos integrantes (el rector y el representante del Arzobispo de Lima) no se ponen de acuerdo. Es muy lógico, porque ¿quien es el Arzobispo de Lima?, fíjense como está planteado el tema y no de ahora. En el reglamento de la junta del año 57 está planteado con muchísima claridad, el Arzobispo de Lima es al mismo tiempo el que designó a uno de los miembros y al mismo tiempo el Gran Canciller de la universidad, es decir, quien mejor, quien más cercano de la universidad que el Arzobispo de Lima. AAR: y ¿Por qué no el rector? HB: Son dos personas allegadas. En realidad son 3 personas allegadas a la universidad; por eso, nunca ha habido señor Rodrich o Álvarez Rodrich hasta el día de hoy una sola oportunidad en que el Arzobispo haya tenido que dirimir. AAR: No cree que hayan cambiado las condiciones, que de repente, y esto se ha ido viendo en los días últimos donde ha salido gente ligada al Cardenal que piensa igual que él, como el Ministro Rey que ha salido muy claramente a decir: la Católica es un antro de marxistas, comunistas y hay que extirparlos cuanto antes porque a los pobres chicos los están envenenando, vamos a entrar con todo en una cruzada y vamos a imponer nuevas reglas. Es eso que le preocupa a gente que cree que la Católica es hoy en día un espacio plural, valioso para el país. HB: Mire usted, de ninguna manera, es decir, aún cuando el Arzobispado de Lima ganara en todos sus extremos este proceso judicial no está permitido ingresar a la administración de la universidad mas que a la administración de los bienes de Riva Agüero. PDR: Pero, ¿porque el Cardenal habla de bajar las pensiones de los alumnos y también los sueldos de los profesores?, eso es interferir en un tema netamente administrativo......... HB: Esa es una opinión del Gran Canciller de la universidad que nada tiene que ver con la administración de los Bienes de la Junta. RV: Siguiendo en la línea de reflexión, lo que preguntaba Augusto y lo que la gente dice es que algo ha pasado que ha determinado entonces que se diga la junta tiene que pronunciarse con relación a una decisión tomada por la universidad con respecto a los bienes de Riva Agüero. Se dice que fue una transacción en virtud del cual se vendía o se donaba un terreno para un colegio chino, este es el factor que desencadena el hilo de la reactualización de esa junta que había fenecido en el 94, se dice que eso, rompiendo todo orden testamentario.......... HB: La junta no ha fallecido ni para la propia universidad Católica, la propia universidad reconoce que esa junta es legítima y que además es perpetua e insustituible. RV: Y la reconoce........ HB: Lo que dice la universidad es que ella solo debe funcionar para administrar las mandas que ahora explicaré que son y otros encargos testamentarios, pero resulta que esa interpretación de la universidad hace imposible el cumplimiento de Riva Agüero y deja a Riva Agüero como una persona muy descuidada porque no es posible cumplir las mandas y todos los encargos si es que la junta de administración no administra bienes. AAR: ¿Qué es una manda?, si nos explica de una vez. HB: Con todo gusto, porque de donde va a cubrir los gastos si no tiene ingresos. La constitución de la junta de administración es perpetua e insustituible, de lo contrario, el doctor Riva Agüero estaría matando sus propias disposiciones testamentarias porque fueron muchas y muchas de índole económico, por ejemplo, dispone la celebración de unas misas por su alma, por la de su madre y su tía, la hermana de su madre, quien fue muy allegada a él y de quien en realidad recibe la fortuna, dispone que se entregue ciertas cantidades de dinero a determinadas instituciones, muchas, la gran mayoría de ellas de caridad, de asistencia a los más desfavorecidos. Todas estas disposiciones testamentarias o mandas no podrían realizarse si es que la junta no cuenta con bienes en administración, porque no tendría ingresos. PDR: Pero no todos los bienes de Riva Agüero quedaron en manos de la Universidad Católica, hay otros bienes que administra la junta....... HB: Quedaron muy pocos bienes, recuerdo que fueron 3 y que en estos 50 años, -la verdad no tengo el dato exacto-, pero yo lo que creo es que de estos bienes no queda ninguno, de manera que esta disposición testamentaria de Riva Agüero sería inejecutable, eso dice muy poco de Riva Agüero la verdad. RV: Lamentablemente, el tiempo nos ha ganado señor Bullard, pero vamos a tener tiempo. La otra pregunta de Augusto era, ¿cuánto durará este tema?. HB: Alrededor de año y medio o dos años. RV: De tal manera, imagínese cuantas entrevistas. HB: Con mucho gusto. RV: Yo tengo mucho interés en la parte que usted ha enseñado que es el de las decisiones que se han tomado en la junta, esto yo creo que es ejemplarizador, y sobre todo efectivamente el hecho de que nunca haya intervenido un Arzobispo dirimente. Hasta la fecha no haya habido la necesidad.... HB: Efectivamente. RV: Lo que dice bien del carácter pastoral de los señores cardenales, el tema que también ha planteado Augusto es cuanto de temperamentalismo del actual cardenal puede cambiar esas aguas. HB: Si me permite el último comentario, yo soy testigo de excepción, el acuerdo famoso, un grave error del año 94 no se conoció hasta hace unos 6 o 7 meses y desde que se conoció este acuerdo, -en mi opinión nulo- el Cardenal ha hecho grandes esfuerzos por convencer a la universidad que debía regresarse al respeto de la voluntad de Riva Agüero. Y, para terminar esta es la segunda violación –en mi opinión- al testamento de Riva Agüero, la universidad debió adquirir la propiedad de los bienes 20 años después, esto se cumplió en el año 64; sin embargo, la universidad los obtuvo en el año 1957, de esto no se ha dicho en los medios, pero es la verdad, en el año 57 la universidad a través de un proceso, -en mi opinión- forzado obtuvo una sentencia que le permitió inscribir los inmuebles de Riva Agüero a nombre de la universidad. AAR: Y sobre los temperamentos, ¿No es un poco majadera o arbitraria la decisión de no darles la Catedral de Lima para que se haga el Te Deum por los 90 años de la Católica, eso expresa una voluntad de decir, yo hago aquí lo que me da la gana?.... HB: Augusto, yo estoy aquí como abogado, es un tema diferente al que me trae a esta reunión, a la que he venido con todo gusto, pero si te puedo decir algo, yo no brindaría mi casa a una persona, que dos días antes me ha demandado ante el poder judicial. De todas maneras les agradezco muchísimo que me hayan invitado. |
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