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Lima, 29 de marzo de 2007 |
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La Católica no es heredera universal de Riva Agüero El litigio entre los directivos de la Pontificia Universidad Católica (PUCP) y la Iglesia es un caso de derecho civil testamentario vinculado a la interpretación de la última voluntad de José de la Riva Agüero en su testamento de 1938, donde dispone que la PUCP es la heredera principal, no universal, de sus bienes, afirmó el experto en Derecho, Fernán Altuve. “El heredero universal hereda todos los bienes en forma absoluta, mientras que el heredero principal puede estar sujeto a una supervisión o a un usufructo por parte de otra entidad, que es el caso de la Junta de Administración”, explicó el experto. Altuve también dijo que la Católica ha politizado el litigio “al convertir un tema de derecho privado en otro de derecho público, al interponer un recurso de amparo ante el Poder Judicial”. Explicó que el procedimiento legal iniciado por la PUCP es “la politización de un derecho civil que no ha querido cuestionar en el fuero de los derechos privados, que es el fuero civil; por lo tanto, la acción de amparo no tiene sentido”. Advirtió que la junta no puede ser disuelta porque ha sido instituida a perpetuidad, porque el mismo título que le da derecho a la Universidad Católica a tener los bienes como heredera, que es el testamento de 1938, declara que la Junta es perpetua. “El argumento de la prescripción porque han pasado diez años con el Código Civil de 1984 no tiene el menor sentido, porque el testamento de Riva Agüero se rige por el Código Civil de 1936 que establece que el plazo prescriptorio es de 15 años. Por tanto, estamos dentro de plazo de no prescripción del Código de 1936 que fue con el que se eligió la junta”, puntualizó. Diario Expreso, 29 de marzo de 2007. Pág. 05
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