Lima, 26 de abril de 2009

 
   
 

“Los testamentos deben respetarse”

Señala abogado del Arzobispado, Henry Bullard. Poder Judicial resolvió que éste debe participar en la administración perpetua de los bienes legados por José de la Riva Agüero.

Tal como anteriormente lo diera a conocer Expreso, la Octava Sala Civil de Lima le dio la razón al Arzobispado de Lima y declaró improcedente la acción de amparo que presentó la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) para apartar a la entidad clerical de la administración de los bienes legados al claustro por José de la Riva Agüero y Osma.

El tribunal civil desechó la posición de la Universidad Católica,  la cual refería que existía una presunta amenaza a la autonomía universitaria y a la propiedad con la inclusión en la administración del representante del Arzobispado de Lima, Walter Muñoz Cho.

Sin embargo, la instancia religiosa aducía que bajo el testamento dejado por Riva Agüero se indicó claramente que la gestión de la Junta Administradora era perpetua, es decir siempre tendría que estar además representada por una persona designada por el Arzobispado de Lima y por quien fuera rector de la Universidad Católica.

Henry Bullard, abogado del representante del Arzobispado de Lima, sostuvo que el fallo de la Sala Civil de Lima deja como precedente que los testamentos no pueden ser violados y deben ser respetados.

“Estamos absolutamente seguros de la posición de la legalidad y del respeto que debe darse a los testamentos de cualquier persona, pues no pueden ser violados y esa posición la vamos a mantener y la defenderemos y el Poder Judicial ya de manera definitiva nos ha dado la razón y definió”, enfatizó.

El letrado manifestó que continuarán con la misma confianza y si en un determinado momento la PUCP interpone una demanda ante el Tribunal Constitucional (TC) lo tomarán con calma.

“(Si se diera el caso de una demanda por parte de la PUCP ante el TC), lo tomaremos con calma, como realmente hemos llevado este protesto tanto en primera y en segunda instancia, estamos completamente seguros de la posición de la legalidad y del respeto a los legados”, indicó.

Lo que dice la Sala
De acuerdo al fallo de la Octava Sala Civil, se conoció que consideró que no existe prohibición legal que impida que un testador pueda imponer una condición, como una Junta Administradora, sobre los bienes que lega.

“No puede desconocerse su validez como cláusula testamentaria y considerar tal actuación como una intromisión inaceptable”, indica la resolución.

En otra parte de su fallo, el tribunal presidido en ese entonces por el vocal Manuel Soller, consideró que Muñoz Cho no realizó actos directos y actuales que signifiquen agresión o lesión al derecho de la autonomía universitaria de la PUCP, al haber remitido cartas al rector del claustro exigiendo una reunión de la Junta Administradora de los bienes legados por Riva Agüero.

TC decidiría
El Tribunal Constitucional (TC) deberá definir si hubo o no una violación de la autonomía institucional, en caso de que la Universidad acuda a esa intancia, como ya lo han adelantado sus representantes. En todo caso hasta el momento ya el Poder Judicial definió que no hubo tal violación.

El dato
La Junta Administradora actuó por espacio de 50 años, es decir desde 1944 hasta 1994, año en que la Universidad Católica asume control de los bienes del humanista, dejando de lado en su administración al Arzobispado de Lima.

Expreso, página 10.
Domingo, 26 de abril de 2009.

   
 

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